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| UNIDAD ADMINISTRATIVA |
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Lic. Erasmo Guerrero Suárez |
El Director General es el representante legal del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público “Perú Corea del Sur” y tiene las siguientes funciones: |
| a. |
Ejecutar las disposiciones emanadas del Consejo Directivo. |
| b. |
Elaborar, en coordinación con el Consejo Directivo, el proyecto de presupuesto anual. |
| c. |
Dirigir la ejecución de los planes de desarrollo institucional y del presupuesto. |
| d. |
Dirimir, en caso de empate, las decisiones adoptadas por el Consejo Directivo y el Consejo Institucional. |
| e. |
Garantizar la óptima calidad de los aprendizajes de los estudiantes, así como su motivación y compromiso con la profesión, orientando toda la actividad, organización y procedimientos académicos y administrativos del IEST.PUB. “Perú Corea del Sur” a facilitar el logro de estos resultados. |
| f. |
Garantizar que el proceso de contratación del personal docente y administrativa se ejecute de acuerdo a normas y su formalización correspondiente. |
| g. |
Encargar rotativamente las Jefaturas de Formación Tecnológica por dos años a docentes titulares y que no tengan sanción administrativa. Estos cargos en lo posible culminarán el 31 de diciembre del año correspondiente. |
| h. |
Dar cumplimiento a las acciones de Planificar, organizar, monitorear, supervisar y evaluar las acciones administrativas, recursos humanos, materiales y financieros necesarios para el desarrollo de las actividades educativas; priorizando la práctica y la investigación con la participación de los diferentes agentes de la comunidad educativa. |
| i. |
Celebrar convenios y contratos relacionados al mejoramiento del servicio educativo y académico. |
| j. |
Solicitar anualmente a la DREA Ayacucho la meta de ingresantes para las especialidades que se oferta. |
| k. |
Impulsar la investigación educativa como eje estratégico del quehacer institucional motivando, facilitando e incentivando sistemáticamente la participación de los docentes y estudiantes. |
| l. |
Todas las demás funciones inherentes al cargo de acuerdo lo dispuesto en el D.S. N° 05-94-ED, Reglamento General de Institutos Superiores Públicos y Privados y las directivas de orientaciones y normas nacionales para el desarrollo de las actividades educativas en el respectivo año de las instituciones de educación superior no universitaria. |
| m. |
Establecer, promover y cultivar las buenas relaciones interpersonales; contribuyendo al mantenimiento de un clima institucional favorable para el proceso de enseñanza - aprendizaje y socialización. |
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